Protección de mercaderías durante el traslado terrestre, aéreo, marítimo o fluvial. Cobertura esencial para transportistas y dueños de carga.
Según la legislación comercial argentina, el transportista es legalmente responsable por la mercadería que traslada desde que la recibe hasta su entrega al destinatario. Esta responsabilidad se amplifica cuando se trata de bienes financiados, de alto valor o con destino de exportación. Un siniestro sin cobertura puede representar pérdidas millonarias.
| Cobertura | ¿Qué incluye? |
|---|---|
| Básica | Choque, vuelco, incendio y desbarrancamiento del vehículo transportador. |
| Robo | Cobertura ante robo total de la carga con o sin violencia. |
| Robo, Hurto y Falta de Entrega | Robo, hurto parcial y no entrega total o parcial de la mercadería. |
| Desaparición | Cobertura ante desaparición total de la carga y del vehículo transportador. |
| Robo en carga y descarga | Protección específica durante las operaciones de carga y descarga en depósitos o fábricas. |
| A favor del transportista | Cobertura de la responsabilidad civil del transportista frente al dueño de la carga. |
¿Quién debe contratar el seguro? Puede hacerlo el dueño de la mercadería (para proteger su inversión) o el transportista (para cubrir su responsabilidad ante el cliente). En muchos contratos de transporte, el seguro de carga es un requisito obligatorio del comitente.